Para la correcta interpretación del presente documento, se definen los siguientes términos:
"DTP" (Dispositivo Telemático de Posicionamiento): Equipo electrónico instalado en el vehículo o activo del CLIENTE, compuesto por receptor satelital GNSS (GPS/GLO/GAL), módem de comunicación celular (GSM/4G/LTE), antenas, batería interna de respaldo y unidad de procesamiento de datos. Es el encargado de capturar coordenadas geográficas, velocidad, ángulos, eventos digitales (encendido/apagado, puertas, frenos, etc.) y transmitirlos cifrados a la Plataforma de RASTREO INTERGPS.
"SIM Card Internacional IoT": Tarjeta de identificación de abonado móvil, con vocación para Internet de las Cosas (IoT), que opera en redes GSM/4G/LTE a nivel nacional e internacional. Permite la transmisión de datos desde el DTP hacia la Plataforma. Esta SIM Card es propiedad de RASTREO INTERGPS y se proporciona en modalidad de arrendamiento mensual al CLIENTE, siendo su uso exclusivo para el DTP instalado.
El cobro mensual que realiza RASTREO INTERGPS corresponde ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE al consumo de datos de la SIM Card Internacional IoT. RASTREO INTERGPS NO cobra por mantenimiento del equipo, ni por monitoreo, ni por servicio de vigilancia, ni por horas hombre de seguimiento. El servicio de monitoreo es una herramienta de autogestión puesta a disposición del CLIENTE, quien utiliza la Plataforma de manera autónoma.
"Plataforma Rastreo InterGPS": Sistema informático basado en la nube (cloud computing), compuesto por servidores, bases de datos, interfaces de usuario (web y aplicaciones móviles) y algoritmos de procesamiento, que recibe, decodifica, almacena, procesa y visualiza la información transmitida por el DTP, permitiendo al CLIENTE monitorear en tiempo real la ubicación, estado y trayectoria de sus vehículos.
"Zona de Sombra" o "Pérdida de Cobertura": Condición técnica en la que el DTP no logra establecer o mantener comunicación efectiva con la red satelital GNSS y/o con la red de telefonía celular GSM/4G/LTE, debido a factores externos no controlables, incluyendo pero no limitándose a: obstáculos físicos (estructuras metálicas, túneles, estacionamientos subterráneos, montañas, edificios de gran altura), interferencia electromagnética, condiciones climáticas adversas (tormentas, lluvias intensas, nubosidad densa), saturación del espectro radioeléctrico, fallas en las redes de operadores móviles, o cualquier otra causa ajena a la operación de RASTREO INTERGPS.
"Interferencia de Señal": Perturbación electromagnética, natural o artificial, que afecta la recepción o transmisión de señales satelitales y/o celulares, pudiendo ocasionar retrasos en la transmisión, pérdida de paquetes de datos, inexactitud en la posición reportada, o la imposibilidad temporal del DTP de establecer comunicación con la Plataforma.
"Cortocircuito" o "Daño Eléctrico": Avería en el DTP causada por variaciones anormales de voltaje, picos de corriente, inversión de polaridad, cortocircuitos en el sistema eléctrico del vehículo, fallas en el alternador, batería en mal estado, empalmes eléctricos defectuosos, o cualquier otra condición eléctrica anómala del vehículo donde se encuentra instalado el DTP, que no sea atribuible a un defecto de fábrica del dispositivo.
"Manipulación No Autorizada": Cualquier intervención física, eléctrica o electrónica realizada sobre el DTP, sus conexiones, antenas o SIM Card, por parte del CLIENTE o de terceros ajenos a RASTREO INTERGPS, sin la previa autorización expresa y por escrito de RASTREO INTERGPS. Incluye pero no se limita a: desmontaje del equipo, corte de cables, empalmes no autorizados, instalación de dispositivos adicionales conectados al DTP, cambio de ubicación del equipo, extracción o cambio de la SIM Card, o cualquier modificación a la configuración de fábrica del dispositivo.
RASTREO INTERGPS proporciona al CLIENTE el servicio de localización y monitoreo satelital de vehículos, a través de:
a) La instalación del DTP en el vehículo del CLIENTE.
b) El arrendamiento mensual de la SIM Card Internacional IoT para la transmisión de datos del DTP.
c) El acceso a la Plataforma Rastreo InterGPS para la visualización y gestión de la información.
El CLIENTE declara conocer y aceptar que el servicio de monitoreo vehicular tiene como finalidad proporcionar información de ubicación y estado de los vehículos, y que dicha información es de carácter meramente informativo y de apoyo a la gestión de flotas, sin que ello implique un sistema de seguridad absoluta ni reemplace la responsabilidad del conductor o del propietario del vehículo.
RASTREO INTERGPS NO presta servicios de monitoreo humano, vigilancia, escolta, seguridad física, ni toma de decisiones en tiempo real. La Plataforma es una herramienta tecnológica de autogestión que el CLIENTE utiliza bajo su propia responsabilidad.
1. La instalación del DTP será realizada por personal técnico de RASTREO INTERGPS o por un centro de servicio autorizado por RASTREO INTERGPS.
2. Una vez instalado el DTP, se realizará una prueba de funcionamiento en compañía del CLIENTE o del responsable de la unidad, quien dará fe del buen funcionamiento del equipo, la correcta recepción de señal satelital, la transmisión de datos a la Plataforma, y la adecuada visualización en la interfaz de usuario. Dicha prueba se hará constar en el acta de instalación, la cual será firmada por ambas partes.
3. El CLIENTE reconoce que el DTP se instala en el sistema eléctrico del vehículo, por lo que cualquier falla eléctrica preexistente en el vehículo no es responsabilidad de RASTREO INTERGPS.
4. El CLIENTE se obliga a permitir el acceso al vehículo al personal técnico de RASTREO INTERGPS en las fechas y horas acordadas para la instalación, mantenimiento, revisión o desinstalación del DTP.
El CLIENTE se obliga a:
5. Mantener el vehículo donde se encuentra instalado el DTP en condiciones eléctricas y mecánicas adecuadas, garantizando que el sistema eléctrico del vehículo (batería, alternador, fusibles, cableado) se encuentre en perfecto estado, con el fin de asegurar la correcta alimentación eléctrica del DTP.
6. No manipular, desmontar, modificar, reubicar, o intervenir el DTP, sus antenas, cableado, o la SIM Card, por sí mismo ni a través de terceros (incluyendo electricistas, mecánicos o talleres no autorizados), salvo autorización previa y expresa de RASTREO INTERGPS.
7. Notificar de inmediato a RASTREO INTERGPS cualquier novedad, anomalía, falla, o sospecha de mal funcionamiento del DTP, absteniéndose de intentar reparar o intervenir el equipo por cuenta propia.
8. Informar a RASTREO INTERGPS sobre cualquier cambio de vehículo, venta, transferencia, o disposición del vehículo donde se encuentra instalado el DTP, con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación.
9. Mantener actualizados sus datos de contacto (teléfono, correo electrónico, dirección) ante RASTREO INTERGPS, a fin de recibir notificaciones relacionadas con el servicio.
10. No utilizar el servicio de monitoreo para fines ilícitos, contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres, ni para actividades que atenten contra la seguridad nacional, la seguridad vial, o los derechos de terceros.
11. Responsabilizarse por la confidencialidad y custodia de las credenciales de acceso (usuario y contraseña) a la Plataforma Rastreo InterGPS, siendo el único responsable por el uso que se realice de dichas credenciales.
12. El CLIENTE reconoce que el cobro mensual que realiza RASTREO INTERGPS corresponde ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE al consumo de datos de la SIM Card Internacional IoT, y que dicho cobro NO incluye servicios de monitoreo humano, vigilancia, seguridad, mantenimiento preventivo, ni horas de seguimiento. La Plataforma es una herramienta de autogestión que el CLIENTE opera de manera autónoma.
13. RASTREO INTERGPS NO SE HACE RESPONSABLE por daños, pérdidas o perjuicios derivados de:
a) Manipulación No Autorizada del DTP por parte del CLIENTE o de terceros ajenos a RASTREO INTERGPS. Cualquier intervención, modificación, desmontaje, reubicación o alteración del DTP, sus antenas, cableado o SIM Card, realizada sin la autorización expresa de RASTREO INTERGPS, exime por completo de responsabilidad a RASTREO INTERGPS, y cualquier daño derivado de dicha manipulación será de exclusiva responsabilidad del CLIENTE, quien deberá asumir el costo de reparación o reemplazo del equipo.
b) Cortocircuito o Daño Eléctrico. Todo daño al DTP causado por condiciones eléctricas anormales del vehículo donde se encuentra instalado, incluyendo pero no limitándose a: variaciones de voltaje, picos de corriente, inversión de polaridad, cortocircuitos, fallas en el alternador, batería en mal estado, empalmes eléctricos defectuosos, instalaciones eléctricas no autorizadas, o cualquier otra condición eléctrica anómala, no será responsabilidad de RASTREO INTERGPS.
c) Zona de Sombra o Pérdida de Cobertura. La falta de transmisión de datos, la intermitencia en el servicio, la inexactitud en la posición reportada, o la imposibilidad temporal de localizar el vehículo, cuando dichas circunstancias sean atribuibles a Zonas de Sombra, interferencia electromagnética, condiciones climáticas adversas, fallas en redes de operadores móviles, o cualquier otro factor externo no controlable por RASTREO INTERGPS.
d) Inaccesibilidad a la Plataforma por falta de pago. La suspensión o inaccesibilidad del servicio en la Plataforma Rastreo InterGPS y/o la interrupción de la transmisión de datos por falta de pago oportuno de la renta mensual de la SIM Card Internacional IoT, siendo el CLIENTE el único responsable de realizar los pagos en las fechas establecidas.
e) Inexactitud de datos de posicionamiento. RASTREO INTERGPS no garantiza la precisión absoluta de la ubicación reportada, ya que el sistema GPS/GNSS tiene márgenes de error inherentes a la tecnología satelital, los cuales pueden variar entre 5 y 15 metros en condiciones normales, y ampliarse en condiciones adversas. El CLIENTE acepta que la información proporcionada por la Plataforma tiene carácter meramente orientativo y no constituye prueba fehaciente de ubicación.
f) Robo, hurto, pérdida o destrucción del DTP. RASTREO INTERGPS no se hace responsable por el robo, hurto, pérdida o destrucción del DTP por causas no atribuibles a la empresa, incluyendo pero no limitándose a: robo del vehículo, accidentes de tránsito, desastres naturales, vandalismo, o cualquier otra causa de fuerza mayor o caso fortuito.
g) Daños a terceros. RASTREO INTERGPS no se hace responsable por los daños que el CLIENTE, sus empleados, conductores o terceros puedan sufrir como consecuencia del uso, mal uso o interpretación errónea de la información proporcionada por la Plataforma.
h) Falta de respuesta ante emergencias. RASTREO INTERGPS no es una central de emergencias, no realiza llamadas de auxilio, no envía unidades de rescate, no notifica a autoridades, ni realiza seguimiento activo de vehículos. El CLIENTE reconoce que la Plataforma es una herramienta de consulta y que cualquier acción ante una emergencia es responsabilidad exclusiva del CLIENTE.
14. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
En ningún caso, la responsabilidad total de RASTREO INTERGPS frente al CLIENTE, por cualquier concepto relacionado con el servicio de monitoreo, excederá el valor total pagado por el CLIENTE durante los últimos seis (6) meses de servicio contratado. Esta limitación aplica incluso si RASTREO INTERGPS hubiera sido informada sobre la posibilidad de dichos daños.
15. El DTP cuenta con una garantía de seis (6) meses contados a partir de la fecha de instalación, aplicable únicamente a desperfectos de fábrica, defectos de materiales o fallas en los componentes electrónicos que no sean atribuibles a causas externas.
16. La garantía NO CUBRE los siguientes casos:
a) Daños causados por Manipulación No Autorizada del CLIENTE o de terceros.
b) Daños causados por Cortocircuito o Daño Eléctrico derivado del sistema eléctrico del vehículo.
c) Daños causados por golpes, caídas, vibraciones excesivas, exposición a líquidos, humedad, temperaturas extremas, o cualquier otra condición ambiental adversa.
d) Daños causados por accidentes de tránsito, incendios, inundaciones, terremotos, o cualquier otro evento de fuerza mayor o caso fortuito.
e) Daños causados por el uso de accesorios no autorizados, o por la conexión del DTP a dispositivos no compatibles.
f) Daños causados por la inadecuada alimentación eléctrica del vehículo (batería descargada, fluctuaciones de voltaje, etc.).
g) Desgaste natural del equipo por el uso normal.
17. En caso de que el DTP presente una falla cubierta por la garantía, RASTREO INTERGPS procederá a reparar o reemplazar el equipo, a su exclusivo criterio, sin costo para el CLIENTE, siempre que el equipo sea entregado en el domicilio de RASTREO INTERGPS y que la falla sea efectivamente comprobada por el departamento técnico como un defecto de fábrica.
18. La garantía queda automáticamente anulada si el DTP presenta evidencias de Manipulación No Autorizada, daños eléctricos, daños físicos, o si el sello de seguridad del equipo ha sido violentado o alterado.
19. El CLIENTE deberá realizar el mantenimiento preventivo del vehículo donde se encuentra instalado el DTP, garantizando que el sistema eléctrico se mantenga en óptimas condiciones, con el fin de asegurar la correcta alimentación eléctrica del DTP.
20. RASTREO INTERGPS podrá realizar revisiones periódicas del DTP, previa coordinación con el CLIENTE, para verificar el correcto funcionamiento del equipo y de sus conexiones.
21. Toda revisión que se realice al DTP debido a una desconexión con el sistema, y que resulte comprobable que el motivo no se debe a un defecto del dispositivo ni a una mala instalación o configuración, estará sujeta a un cargo por diagnóstico y/o reparación. El costo de la revisión será de responsabilidad del CLIENTE y cubrirá los gastos asociados con la inspección, diagnóstico y eventual reparación del problema. Dichos costos serán informados al CLIENTE antes de proceder con la revisión.
22. Si durante una revisión se determina que el DTP ha sufrido daños por Manipulación No Autorizada o por Cortocircuito, el CLIENTE deberá asumir el costo total de reparación o reemplazo del equipo, además de los costos de la revisión y diagnóstico.
23. La SIM Card Internacional IoT es proporcionada por RASTREO INTERGPS en calidad de arrendamiento mensual al CLIENTE, siendo su uso exclusivo para el DTP instalado. La SIM Card es propiedad de RASTREO INTERGPS y debe ser devuelta a la empresa en caso de terminación del servicio.
24. El CLIENTE se obliga a no extraer, cambiar, manipular, dañar, perder, o destruir la SIM Card. En caso de extravío, daño o destrucción de la SIM Card, el CLIENTE deberá asumir el costo de reposición de la misma, cuyo valor será informado oportunamente por RASTREO INTERGPS.
25. La SIM Card opera con un plan de datos móviles que permite la transmisión de información del DTP a la Plataforma. El CLIENTE reconoce que el consumo de datos puede variar según la configuración del DTP y la frecuencia de transmisión, y que dicho consumo está incluido en el valor de la renta mensual.
26. RASTREO INTERGPS NO cobra por mantenimiento del equipo, NO cobra por monitoreo, NO cobra por vigilancia, NO cobra por horas de seguimiento, NO cobra por servicio de seguridad. El cobro mensual que realiza RASTREO INTERGPS corresponde ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE al consumo de datos de la SIM Card Internacional IoT. El CLIENTE reconoce expresamente que la Plataforma es una herramienta de autogestión y que RASTREO INTERGPS no realiza ninguna actividad de monitoreo humano, seguimiento activo, ni toma de decisiones en tiempo real.
27. En caso de que la renta de la SIM Card no sea cancelada en la fecha de vencimiento, RASTREO INTERGPS procederá a la suspensión del servicio de transmisión de datos, quedando el DTP sin capacidad de comunicarse con la Plataforma, sin que ello implique responsabilidad alguna para RASTREO INTERGPS.
28. La fecha de vencimiento de la renta de la SIM Card será el último día de cada mes, independientemente de la fecha de activación. Es decir, la renta se renovará mensualmente y su vencimiento será siempre el día 30 (o 28/29 según el mes) de cada mes, sin importar la fecha en la que se haya realizado la activación del servicio.
29. Si la renta de la SIM Card no es cancelada, el tiempo de uso de la Plataforma Rastreo InterGPS continuará transcurriendo con total normalidad, ya que son conceptos independientes. El CLIENTE no podrá reclamar la extensión del tiempo de la Plataforma por la falta de pago de la SIM Card.
30. Si la renta de la SIM Card está abonada pero la Plataforma ha vencido, los meses ya pagados por la SIM Card no se pospondrán para el momento de la renovación de la Plataforma. La SIM Card continuará activa, pero el CLIENTE no podrá acceder a la Plataforma hasta que renueve el servicio de la misma.
31. El acceso a la Plataforma Rastreo InterGPS tiene una vigencia de un (1) año a partir de la fecha de activación del servicio. El CLIENTE deberá renovar el servicio de la Plataforma al vencimiento de este período.
32. La fecha de vencimiento de la Plataforma siempre será la misma fecha del mes y año, independientemente de la fecha de renovación, cambiando únicamente el año. Es decir, si la Plataforma fue activada el día 15 de marzo de 2025, su vencimiento será el 15 de marzo de 2026, y así sucesivamente en cada renovación.
33. El CLIENTE podrá renovar la Plataforma de manera anticipada, pero dicha renovación no modificará la fecha de vencimiento establecida, la cual se mantendrá inalterable.
34. En caso de que la Plataforma no sea renovada en la fecha de vencimiento, RASTREO INTERGPS procederá a la suspensión del acceso a la misma, quedando el CLIENTE sin posibilidad de visualizar la información de sus vehículos en la interfaz web o aplicación móvil. Los datos históricos serán conservados por un plazo de treinta (30) días calendario posteriores al vencimiento, transcurridos los cuales podrán ser eliminados de las bases de datos.
35. En caso de reparación o mantenimiento prolongado del vehículo, el tiempo de vencimiento de la Plataforma Rastreo InterGPS no se extenderá bajo ninguna circunstancia. La duración del servicio de la Plataforma está definida por el período contratado y no se ajustará ni extenderá debido a la inactividad del vehículo o al tiempo que esté en reparación o mantenimiento.
36. Todo cambio de DTP a otro vehículo generará un cargo adicional por desinstalación, reinstalación y configuración, que incluirá la adaptación del equipo a las características eléctricas y mecánicas del nuevo vehículo. Este cargo cubre los costos asociados con la desinstalación del equipo del vehículo original, la reinstalación en el nuevo vehículo, la reconfiguración del sistema, y las pruebas de funcionamiento.
37. El CLIENTE deberá solicitar el cambio de vehículo a RASTREO INTERGPS con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación, a fin de coordinar la logística necesaria.
38. En caso de que el vehículo donde se encuentra instalado el DTP sea vendido, transferido, o dispuesto por cualquier título, el CLIENTE deberá notificar de inmediato a RASTREO INTERGPS y coordinar la desinstalación del equipo. Mientras no se realice la desinstalación, el CLIENTE continuará siendo responsable del DTP y de las obligaciones derivadas del presente contrato.
39. El CLIENTE podrá solicitar la suspensión temporal del servicio por períodos no inferiores a quince (15) días calendario, siempre que se notifique por escrito a RASTREO INTERGPS con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación.
40. Durante la suspensión temporal, la renta de la SIM Card continuará generándose, pero se podrá acordar la reducción del costo siempre que se suspenda también la transmisión de datos.
41. La Plataforma Rastreo InterGPS no se suspenderá durante los períodos de suspensión temporal del vehículo. La vigencia de la Plataforma continuará transcurriendo con total normalidad, y no se extenderá el tiempo de uso por el período de suspensión.
42. En caso de que un vehículo se encuentre desconectado debido a reparaciones o mantenimiento y este período exceda un lapso de un (1) mes, y no se notifique a RASTREO INTERGPS en su debido momento para la suspensión temporal del servicio, RASTREO INTERGPS no se hará responsable por los meses consumidos y no disfrutados durante dicho período. La falta de notificación oportuna para la suspensión del servicio no dará derecho a compensación por el tiempo de servicio no utilizado.
43. El CLIENTE reconoce que la información generada por el DTP y almacenada en la Plataforma, incluyendo pero no limitándose a: ubicación, rutas, horarios, velocidades, paradas, y eventos de los vehículos, es información confidencial y de propiedad de RASTREO INTERGPS.
44. El CLIENTE se obliga a:
a) No compartir, divulgar, ceder, comercializar, o transferir la información de ubicación y monitoreo a terceros no autorizados, salvo que medie orden judicial o requerimiento de autoridad competente.
b) Utilizar la información proporcionada por la Plataforma exclusivamente para la gestión y control de sus vehículos, y no para fines distintos a los establecidos en el presente documento.
c) Mantener absoluta confidencialidad sobre las credenciales de acceso a la Plataforma, siendo el único responsable por el uso que terceros hagan de dichas credenciales.
d) Implementar las medidas de seguridad necesarias para evitar el acceso no autorizado a la Plataforma desde sus dispositivos o redes.
45. RASTREO INTERGPS se obliga a:
a) Utilizar la información del CLIENTE exclusivamente para la prestación del servicio de monitoreo y para fines estadísticos internos, sin revelar la identidad del CLIENTE.
b) Implementar las medidas de seguridad técnica y administrativa necesarias para proteger la información del CLIENTE contra accesos no autorizados, pérdidas, alteraciones o destrucción.
c) No divulgar la información del CLIENTE a terceros, salvo requerimiento judicial o de autoridad competente.
46. La obligación de confidencialidad subsistirá aún después de la terminación del presente contrato, por cualquier causa.
47. El presente servicio podrá ser rescindido por las siguientes causales:
a) Por voluntad del CLIENTE, mediante comunicación escrita a RASTREO INTERGPS con al menos quince (15) días hábiles de anticipación.
b) Por incumplimiento de las obligaciones del CLIENTE establecidas en el presente documento, incluyendo pero no limitándose a: falta de pago, Manipulación No Autorizada del DTP, uso indebido del servicio, violación de la confidencialidad.
c) Por decisión unilateral de RASTREO INTERGPS, en caso de que el CLIENTE incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, previa notificación al CLIENTE con cinco (5) días hábiles de anticipación.
d) Por la pérdida, destrucción o robo del DTP, cuando el CLIENTE no proceda a reponer el equipo y reiniciar el servicio en un plazo de treinta (30) días calendario.
48. En caso de rescisión del servicio por cualquier causa, el CLIENTE deberá:
a) Pagar todos los saldos pendientes de la Plataforma y de la SIM Card hasta la fecha de terminación efectiva del servicio.
b) Permitir a RASTREO INTERGPS la desinstalación del DTP, o en su defecto, proceder a la desinstalación por cuenta propia y devolver el equipo y la SIM Card en el domicilio de RASTREO INTERGPS.
c) Asumir el costo de la desinstalación del DTP si esta es realizada por RASTREO INTERGPS.
49. La terminación del servicio no extingue las obligaciones que por su naturaleza deban subsistir, especialmente las relacionadas con confidencialidad.
50. El CLIENTE se obliga a pagar oportunamente:
a) El valor del servicio de la Plataforma Rastreo InterGPS, con vigencia anual, conforme a la tarifa vigente al momento de la contratación o renovación.
b) El valor de la renta mensual de la SIM Card Internacional IoT, conforme a la tarifa vigente.
c) Los costos de instalación, desinstalación, reinstalación, mantenimiento, revisiones y reparaciones que sean de su responsabilidad conforme al presente documento.
51. Los pagos deberán realizarse en la fecha de vencimiento establecida para cada concepto, a través de los medios autorizados por RASTREO INTERGPS.
52. En caso de mora en el pago, RASTREO INTERGPS podrá suspender el servicio sin previo aviso.
53. Todas las notificaciones, comunicaciones y requerimientos que deban cursarse las partes entre sí, serán realizadas por escrito y se entenderán válidamente efectuadas cuando sean enviadas a las siguientes direcciones:
a) Para RASTREO INTERGPS: [Dirección física y correo electrónico de la empresa].
b) Para el CLIENTE: La dirección y correo electrónico registrados al momento de la contratación, o aquellos que el CLIENTE actualice oportunamente.
54. El CLIENTE se obliga a mantener actualizados sus datos de contacto, siendo el único responsable por las consecuencias derivadas de la falta de actualización.
55. El CLIENTE declara haber leído y comprendido la totalidad de los Términos y Condiciones contenidos en el presente documento, y acepta expresamente todas y cada una de sus cláusulas.
56. RASTREO INTERGPS se reserva el derecho de modificar los presentes Términos y Condiciones en cualquier momento, notificando al CLIENTE con al menos quince (15) días hábiles de anticipación a la entrada en vigor de las modificaciones.
57. En caso de que alguna cláusula del presente documento sea declarada nula o inejecutable, las demás cláusulas subsistirán con plena vigencia y efecto.
58. El presente documento constituye el acuerdo íntegro entre las partes y reemplaza cualquier comunicación, entendimiento o acuerdo previo, verbal o escrito, relacionado con el objeto del mismo.